BIGtheme.net http://bigtheme.net/ecommerce/opencart OpenCart Templates
martes , abril 23 2024
Inicio / Política / 1F… Algo más que la Corte y una Reforma Judicial

1F… Algo más que la Corte y una Reforma Judicial

 

Por HÉCTOR AMICHETTI *

 

Quienes creemos que la Democracia es un sistema ideal siempre y cuando el pueblo pueda ejercer en plenitud el poder en defensa de sus intereses, nos movilizamos el 1º de febrero a Plaza Lavalle para repudiar una Corte Suprema manejada por las Corporaciones del privilegio y reclamar un Poder Judicial que, precisamente, no sirva a otros intereses que no sean los del pueblo.

Quienes nos identificamos con los ideales del peronismo recordamos hoy que el 24 de enero de 1949 comenzaron las sesiones de una Convención Nacional Constituyente que 46 días después sancionaría una nueva Constitución Nacional con profundo sentido soberano, social y revolucionario.

Un hombre de nuestro Movimiento al cual hasta el día de hoy no hemos rendido el homenaje que se merece por su ejemplar trayectoria al servicio de la clase trabajadora y el pueblo argentino, presidió aquella Convención, fue el gran Coronel Domingo Mercante, por entonces Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.

El 27 de enero, en un mensaje dirigido al cuerpo pleno de la Asamblea, el Presidente Juan Perón expuso su pensamiento sobre la reforma, sintetizando de una manera muy simple su objetivo: «Lo que el pueblo quiere es eliminar las injusticias sociales».

Sagarna, Nazar Anchorena, Ramos Mejía y Repetto, miembros de una Corte Suprema de Justicia servil a la voluntad de los poderosos habían sido sometidos a juicio político y destituidos en abril de 1947.

En agosto del ’48 la Cámara de Diputados aprobó la ley que determinaba la necesidad de una reforma constitucional con 96 votos a favor y 34 en contra, es decir dos tercios de los diputados presentes en el recinto.

Los radicales denunciaron la ilegalidad del procedimiento argumentando que para aprobar la reforma era necesario contar con dos tercios del total de diputados nacionales, es decir 105 votos, ya que el cuerpo estaba constituido por 158 diputados.

Más allá de las diferencias planteadas entre la postura de unionistas e intransigentes, los radicales solo asistieron a la primera sesión ordinaria de la Asamblea Constituyente el 8 de marzo de 1949, ese día plantearon su disconformidad y se retiraron.

Lo que muestra una coherente conducta antiperonista y oposicionista carente de fundamentos serios, que perdura hasta nuestro días.

La Constitución Nacional sancionada en 1949 permitió profundizar las transformaciones económicas y sociales en Argentina enarbolando principios que el principal redactor, Don Arturo Sampay asentaría en dos pilares: bien común y justicia distributiva.

El gran patriota Raúl Scalabrini Ortíz definió al artículo 40 de la nueva Constitución Nacional como «bastión de la República» ya que allí se definían con absoluta claridad, cuestiones esenciales para garantizar el derecho a la autodeterminación.

Repasemos algunas de esas definiciones…

«La organización de la riqueza y su explotación tienen como fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad en salvaguarda de los intereses generales…»

«Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía (…) son propiedades imprescriptibles e inalienables de la Nación…»

«Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enjenados o concedidos para su explotación: Los que se hallaren en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación…»

Hizo falta el derrocamiento de Perón, la proscripción del peronismo como fuerza política, persecuciones, cárcel y fusilamientos, para derogar mediante una proclama ilegal del dictador Aramburu semejante herramienta jurídica, instrumento clave para la liberación nacional.

De allí en más, nunca pudimos reinstalar el debate sobre el contenido de esa Constitución, por el contrario todo fue retroceso en la materia y así estamos como Nación sometida a las modernas formas de neocolonialismo ejecutadas por las Corporaciones en el marco de la llamada globalización.

Indefensos a tal punto que no hay norma que establezca límites y condicionamientos a un gobierno cipayo para endeudarnos con el objetivo de profundizar la dependencia.

El 1º de febrero marchamos para terminar con una Corte Suprema integrada por lacayos del poder económico, por una reforma judicial que contribuya al fortalecmiento de la democracia, pero también debemos hacerlo para reinstalar el debate sobre la imperiosa necesidad de una Nueva Constitución que desate las manos a un Gobierno Nacional que tiene la imperiosa necesidad de cumplir con la voluntad del Pueblo, reconquistar la grandeza nacional y recuperar la felicidad de todos los argentinos y argentinas.

 

  • Secretario General Federación Gráfica Bonaerense / Corriente Federal de Trabajadores / CGT

Comentarios

comentarios

Visite también

La reorganización. ¿Y el peronismo, qué?

  Por ABEL B. FERNÁNDEZ *   Demasiados posts subí al blog sobre Javier Milei en ...